Autorización de prescripciones farmacéuticas por médicos jubilados
Por Acuerdo de la Direccion General de MUFACE, de 13 de enero de 2022, se prevé la autorización a mutualistas que tengan la condición de médicos jubilados para prescribir en recetas oficiales de la mutualidad para uso propio y de sus beneficiarios.
Para acceder a la autorización a título personal para prescribir en recetas oficiales de la MUFACE, objeto de este acuerdo, el interesado deberá tener la condición de mutualista derivada de su pertenencia a un Cuerpo de la Administración del Estado en la que se requiera el título de Licenciado o Grado en Medicina o Licenciado en Medicina y Cirugía, acceder a la jubilación como funcionario o funcionaria en cualquiera de sus modalidades, haber desarrollado actividad profesional asistencial dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la jubilación y estar colegiado o colegiada en un Colegio Oficial de Médicos.
Para ello en el caso de autorización se solicitará Acuerdo de jubilación, Certificado acreditativo de la actividad profesional asistencial del facultativo dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la jubilación. En el supuesto de consultas privadas, autorización administrativa del establecimiento sanitario o cualquier otro documento acreditativo del ejercicio profesional asistencial y Certificado acreditativo de colegiación del Colegio Oficial de Médicos correspondiente. En el caso de renovación solo se solicitará este último documento.
Esta autorización, que únicamente permite la prescripción en recetas en formato papel, tendrá una duración de 5 años prorrogable de forma expresa por plazos iguales.
La concesión de la autorización para prescribir medicamentos en recetas oficiales de MUFACE podrá ser revocada en cualquier momento, cuando se aprecie un uso indebido de la misma.
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
No existen servicios disponibles en estos momentos.
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
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