Solicitud de prestación de Gran Invalidez
Consiste en el abono de una prestación mensual a la persona mutualista jubilada por incapacidad permanente que se encuentre afectada por una de las siguientes circunstancias:
Prestación económica de carácter mensual, incluidas las dos pagas extraordinarias, equivalente al 50% de la pensión que le corresponda por Jubilación por Incapacidad Permanente, en cada momento.
La persona mutualista que se encuentra en situación de Gran Invalidez según el dictamen emitido por el equipo de valoración competente.
Si la situación de Gran Invalidez se da en el mismo momento de la Jubilación por Incapacidad Permanente, dispone de cinco años para su solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo.
Si la situación de Gran Invalidez sobreviniera posteriormente al momento de la Jubilación por Incapacidad Permanente, la prestación podrá ser solicitada antes del cumplimiento de la edad fijada legalmente para la jubilación forzosa de los funcionarios de su Cuerpo, Escala o la correspondiente a su plaza.
El plazo para resolver este procedimiento es de tres meses a contar desde la fecha de registro de la solicitud.
La falta de resolución expresa tendrá efectos estimatorios en el supuesto de que el procedimiento haya sido iniciado a solicitud de la persona interesada.
Si la causa señalada existía en la fecha de la jubilación por incapacidad permanente para el servicio:
Si la causa señalada no existía en la fecha de la jubilación por incapacidad permanente para el servicio:
Inicia sesión a través del DNI-e, certificado digital o con cl@ve.
Rellena los datos solicitados, adjunta la documentación requerida para el procedimiento y envía la solicitud.
Puedes comprobar el estado y las notificaciones del expediente de tu solicitud en "Área privada".
No existen servicios disponibles en estos momentos.
El Registro Electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y un número de registro para la identificación de la transacción.
Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) que garantiza el no repudio de los datos aportados por el solicitante. Es muy importante guardar el fichero.
Puede validar la firma electrónico del resguardo emitido por el Registro electrónico mediante la plataforma valide
En la pestaña "Mis expedientes" del menú principal de la sede electrónica puede ver un listado con las solicitudes realizadas y descargar el resguardo de cada una de ellas. Para aquellos expedientes que no encuentre en dicha pestaña, debe acceder al procedimiento "Consulta de mis expedientes".
Un certificado digital permite identificar a su titular. Asegura la identidad del que establece la comunicación telemática y si se utiliza para firmar datos permite garantizar que éstos no han sido modificados, así como la identidad del firmante.
Por ejemplo, en la página web de CERES encontrará información sobre lo que es un certificado digital.
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