Solicitud de otras ayudas asistenciales
Solicitud de otras ayudas asistenciales (DIR3: EA0040043)
TÍTULO DEL PROCEDIMIENTO
Solicitud de otras Ayudas Asistenciales
SUMARIO
Prestación económica de pago único que recibe la persona mutualista y que cubre la atención a estados y situaciones de necesidad, no cubiertos por otras prestaciones, siempre que se carezca de los recursos indispensables para hacer frente a los mismos como las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos y las debidas a gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificados.
Cuantía:
El importe de esta prestación se fijará de acuerdo con la calificación de prioridad asistencial que se le adjudique por la Comisión Provincial correspondiente y en función de la distribución de crédito que se fije por resolución de la Dirección General de MUFACE a la vista del conjunto de necesidades acreditadas en el conjunto de los Servicios Provinciales de MUFACE.
Quiénes se pueden beneficiar de la ayuda:
Es necesario ser mutualista, y encontrarse en alta o en situación asimilada al alta o titular de documento asimilado al de afiliación.
Plazo de Presentación:
Desde el 26 de marzo hasta el 26 de mayo de 2025, inclusive.
Plazo de Resolución:
El plazo máximo de resolución de estas ayudas es el 15 de noviembre de 2025.
CONTENIDO
Documentación necesaria a aportar:
En la modalidad de gastos de carácter urgente en casos de importancia extraordinaria debidamente justificada:
- Factura de los gastos.
- Otros documentos que acrediten los hechos origen de los gastos.
- Declaración responsable de la situación socio-familiar y de vivienda, acompañada, en su caso, de todo aquel documento que se considere apropiado para acreditar el estado o situación de necesidad.
En la modalidad de atención a gastos familiares ordinarios de carácter general existiendo insuficiencia de ingresos en la unidad de convivencia para atenderlos:
- Declaración responsable de la situación socio-familiar y de vivienda, acompañada, en su caso, de todo aquel documento que se considere apropiado para acreditar el estado o situación de necesidad.
En la modalidad de asistencia sanitaria psiquiátrica en los casos no cubiertos por los convenios o conciertos de MUFACE para prestar la asistencia sanitaria ni a través del programa para atención a personas con enfermedad psiquiátrica crónica de las ayudas sociosanitarias y en la modalidad de gastos de desplazamiento para recibir asistencia sanitaria en régimen ambulatorio o de internamiento, cuando no deban ser cubiertos por la Entidad Médica concertada, según las normas de asistencia sanitaria:
- Factura del gasto.
- Informe del facultativo concertado responsable de la asistencia a la persona beneficiaria de la prestación justificativo de la necesidad del internamiento o tratamiento psiquiátrico o del desplazamiento para recibir asistencia sanitaria.
En la modalidad de situación de Incapacidad Temporal sin derecho al subsidio correspondiente por no alcanzar el periodo de carencia (6 meses):
- Certificado de la Unidad Pagadora, acreditativo de las retribuciones en el primer mes de licencia y de la fecha en la que ha dejado de percibir las retribuciones complementarias.
Normativa:
- Art.137 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por R.D. 355/2003, de 28 de marzo.
- Disposición 5996 del BOE núm. 72 de 2025